lunes, 26 de agosto de 2013

LEY N° 29088 - LEY DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO



REUNIÓN CON LOS ESTIBADORES
Para dar a conocer los pormenores de la Ley 29088 Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo de los estibadores terrestres y transportistas manuales y su reglamento, la Dirección Regional de Trabajo y Promoción del Empleo ha visitado los mercados Malteria y Raez Patiño, lugares en los cuales el Director Regional Eduardo Daniel Reyes Salguerán ha dialogado con los dirigentes de los estibadores, del mismo modo con los administradores de ambos centros de abasto, luego converso con los productores, acopiadores y con los involucrados en el trabajo de estiba y desestiba, teniendo en cuenta que a partir del 01 de setiembre del presente año se aplicará con rigor la mencionada Ley que tiene como finalidad evitar el sobrepeso en los sacos que transportan los productos agrícolas sobretodo la papa, al mismo tiempo proteger a los estibadores de los peligros que se presentan en el cumplimiento de sus labores que por el exceso en el peso que cargan en muchos casos ponen en riesgo su vida o de lo contrario los puede dejar con lesiones de gran consideración, ya que en Capítulo II,  Articulo 4° considera como peso máximo a levantar sobre los hombros para los varones 50 kg. y el peso máximo para damas 20 kg. 



LA SOBRECARGA REPRESENTA UN GRAN PELIGRO PARA NUESTROS HERMANOS ESTIBADORES

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